DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015

Fecha: 16-Ene-2015

el órgano deliberativo está facultado para aprobar, a través de una ley municipal, de manera general el POA y el Presupuesto General del Gobierno Autónomo Municipal, pero no de aprobar previamente y mediante resolución de Concejo la planilla del órgano ejecutivo y su escala de viáticos, pues los mismos deberán ser aprobados, en primera instancia, autónomamente por cada uno de los órganos del gobiernos autónomo municipal.

En el marco de lo anotado, el órgano deliberativo está facultado para aprobar, a través de una ley municipal, de manera general el POA y el Presupuesto General del Gobierno Autónomo Municipal, pero no de aprobar previamente y mediante resolución de Concejo la planilla del órgano ejecutivo y su escala de viáticos, pues los mismos deberán ser aprobados, en primera instancia, autónomamente por cada uno de los órganos del gobiernos autónomo municipal. Por lo expuesto, la atribución contenida en el numeral 23 del art. 30 del proyecto en análisis resulta incompatible con la Constitución Política del Estado” (las negrillas nos pertenecen).