DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015

Fecha: 16-Ene-2015

declarar la incompatibilidad de la frase: “desarrollando acciones de apertura,

Como ya se dijo en el art. 70 del presente proyecto, en cuanto a la construcción de caminos comunales y vecinales, ésta es una competencia concurrente de las AIOC con el nivel central del Estado, según lo estableció el art. 304.III.6 de la CPE; en consecuencia, corresponde declarar la incompatibilidad de la frase: “desarrollando acciones de apertura, mejoramiento y construcción de caminos comunales dentro de su jurisdicción que garanticen la transitabilidad permanente entre las distintas comunidades entre sí” del art. 81 del proyecto analizado, por no corresponder a su competencia exclusiva.