DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015

Fecha: 16-Ene-2015

Artículo 36. (Atribuciones y Funciones dela Alcaldesa o Alcalde)

7.   Elaborar y elevar ante el Concejo para su consideración y aprobación, el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan de Ordenamiento Urbano y Territorial con sus normas y reglamentos, asegurando su elaboración participativa y su coordinación y compatibilidad con los planes y programas de desarrollo Departamental y Nacional, para su aprobación, dentro de los noventa (90) días de gestión.

12. Presentar informes periódicos ante el Concejo sobre la ejecución de los diferentes planes, programas y proyectos, así coma responder a los pedidos de informes escritos u orales que, en cumplimiento a las tareas de fiscalización requieran las Concejalas y Concejales de conformidad con los plazas y modalidades establecidas en el Reglamento Interno del Concejo Municipal.