DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015

Fecha: 16-Ene-2015

corresponde declarar la incompatibilidad de todo el art. 29.I del proyecto, en relación al art. 236 y 410 de la CPE,

Conforme el precepto constitucional señalado, las prohibiciones para el ejercicio de la función pública son las establecidas precisamente por la Norma Suprema, y no así, las señaladas en el art. 29.I del proyecto de la Carta Orgánica Municipal, por lo que no correspondía que el artículo en estudio realice una regulación distinta, estableciendo otras prohibiciones no señaladas por la Constitución Política del Estado, en este entendido y bajo dichos argumentos corresponde declarar la incompatibilidad de todo el art. 29.I del proyecto, en relación al art. 236 y 410 de la CPE, toda vez que todas las personas, naturales y jurídicas, así como los órganos públicos, funciones públicas e instituciones, se encuentran sometidos a la Ley Fundamental.