DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015

Fecha: 16-Ene-2015

por lo que corresponde declarar su incompatibilidad en relación precisamente al precepto constitucional señalado.

El art. 66 del proyecto de la Carta Orgánica, regula como su competencia el legislar y adecuar la reglamentación regulatoria para el manejo, control y aprovechamiento sostenible de áridos y agregados, si bien refiere que dicha competencia es en ejercicio de la Constitución Política del Estado Plurinacional, las leyes nacionales, solo dispone la coordinación con la comunidades campesinas, omitiendo dicha coordinación con los PIOC, o bien da el denominativo a dichos pueblos de comunidades campesinas, aspecto que contraria el art. 302.I.41 de la CPE, por lo que corresponde declarar su incompatibilidad en relación precisamente al precepto constitucional señalado.