DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015

Fecha: 16-Ene-2015

Artículo 58. (Salud)

7.   En el marco de sus competencias en coordinación con el Gobierno Departamental y Nacional se procurará la extensión de los beneficios de salud existentes ó aquellos que se pudieren crear, así como seguros de salud,  los beneficios de pre-natalidad y lactancia, Seguro de Vejes, Seguros Salud, SUMI, Desayuno Escolar, y otros.

8.   En el marco de las políticas de educación garantizar la educación sexual orientación en salud sexual y reproductiva prevención y lucha contra la violencia sexual, violencia de género sus competencias políticas educacionales de orientación sexual reproductiva, prevención y lucha contra la violencia de género, generacional y de familia.

 9. Promover y garantizar la atención diferenciada al adolescente y joven (ADA) como lo menciona el Plan Nacional de salud integral de la adolescencia y juventud con enfoque de derechos, género y generacional, para tales logros el gobierno municipal  garantizara la inclusión presupuestaria en los POAS municipales, a través de la participación juvenil.