DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015

Fecha: 16-Ene-2015

corresponde declarar la incompatibilidad de todo el art. 80 del Proyecto, en relación a los arts. 9.2, 70,71 y 72 de la CPE.

El artículo referido, desde su epígrafe y en su contenido, realiza el uso inapropiado de las frases: “Grupos con capacidades diferentes” y “personas con capacidades diferentes”, aspecto que contradice los arts. 70,71, 72 de la CPE, por lo que al respecto corresponde declarar su incompatibilidad conforme los argumentos desarrollados en el test de compatibilidad del art. 10.II.2 del proyecto de la Carta Orgánica; asimismo, conviene referir que su epígrafe no guarda relación con el contenido del artículo propiamente dicho, porque si bien en el encabezamiento alude a las personas con capacidades diferentes, término que es incorrecto como se señaló, en el desarrollo del mismo se refiere no solo a este grupo de personas, sino también a los niños, niñas y adultos mayores, aspecto que resulta impreciso y genera inseguridad, por lo que corresponde declarar la incompatibilidad de todo el art. 80 del Proyecto, en relación a los arts. 9.2, 70,71 y 72 de la CPE.