DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015

Fecha: 16-Ene-2015

declarar la incompatibilidad de la frase: “general, emitida por el nivel nacional y la” del art. 105 del proyecto, por ser contraria a los arts. 272, 283 y 302.I.19 y 20 de la CPE.

El art. 105 de la Carta Orgánica Municipal, establece que la administración tributaria, recaudación directa de tributos municipales, será objeto de regulación por norma general emitida por el nivel central del Estado, aspecto que contradice los preceptos constitucionales señalados, toda vez que, es competencia exclusiva de los gobiernos autónomos municipales, crear y también administrar los tributos de carácter municipal, por lo que corresponde declarar la incompatibilidad de la frase: “general, emitida por el nivel nacional y la” del art. 105 del proyecto, por ser contraria a los arts. 272, 283 y 302.I.19 y 20 de la CPE.