DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015

Fecha: 16-Ene-2015

en esa virtud, corresponde declarar la incompatibilidad de los incs. e), f) y g) del art. 100.I.1 de la Carta Orgánica, referido a los impuestos.

Con referencia al impuesto a la propiedad agrícola, este enunciado no se encuentra en relación a lo establecido en el art. 8 inc. a) de la Ley 154, que establece: “La propiedad de bienes inmuebles urbanos y rurales, con las limitaciones establecidas en los parágrafos II y III del Artículo 394 de la Constitución Política del Estado, que excluyen del pago de impuestos a la pequeña propiedad agraria y la propiedad comunitaria o colectiva con los bienes inmuebles que se encuentren en ellas”; en esa virtud, corresponde declarar la incompatibilidad de los incs. e), f) y g) del art. 100.I.1 de la Carta Orgánica, referido a los impuestos.