DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015

Fecha: 16-Ene-2015

En el caso boliviano la asunción competencial es obligatoria e inexcusable.

En el caso español, las comunidades autónomas perfeccionan su derecho a la autonomía a partir del ‘principio dispositivo’ (principio que el modelo autonómico boliviano no contempla). El principio dispositivo opera a través de una remisión a los estatutos de autonomía, y ‘alcanza materias como: la denominación a adoptar, el procedimiento de acceso a la autonomía, las competencias a asumir, y las propias instituciones de los entes autonómicos. Como consecuencia de todo ello, el acceso a la autonomía se ha producido por vías diversas, configurándose en formas muy distintas de un caso a otro’. (FERNANDEZ: 1992). En el caso boliviano la asunción competencial es obligatoria e inexcusable.