DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015

Fecha: 16-Ene-2015

corresponde declarar la incompatibilidad del art. 25.III del proyecto de Carta Orgánica, en relación al art. 14.II de la CPE.

El art. 25.III del proyecto de la Carta Orgánica Municipal, condiciona a que el concejal o concejala titular autorice expresamente, para que los y las suplentes, puedan ser elegidos/as miembros de la “Directiva del Concejo”, aspecto que resulta totalmente discriminatorio en razón a los Concejales titulares; toda vez que, se hace una discriminación entre los Concejales titulares y los suplentes, limitando el derecho de éstos últimos, por lo que corresponde declarar la incompatibilidad del art. 25.III del proyecto de Carta Orgánica, en relación al art. 14.II de la CPE.