DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2015

Fecha: 16-Ene-2015

por lo que, corresponde declarar la incompatibilidad de la frase “y departamental” del art. 106 del proyecto, en relación al art. 271 de la CPE.

El nivel central del Estado, es el nivel de gobierno, facultado de manera privativa, para legislar temas referentes al régimen económico financiero; sin embargo, el estatuyente también afirma que dicha transferencia y su tratamiento, será regulado también por normativa departamental, aspecto que no le corresponde al estatuyente, al estar regulando para otro nivel, más aún, cuando el Gobierno Autónomo Departamental tampoco puede emitir ningún tipo de ley respecto a estas competencias privativas del nivel central del Estado, por lo que, corresponde declarar la incompatibilidad de la frase “y departamental” del art. 106 del proyecto, en relación al art. 271 de la CPE.