DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Artículo 56. (RESOLUCIÓN A DICTARSE ANTE DENUNCIA).-

I.- La Resolución que declare procedente o improcedente la denuncia, deberá contar con el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los concejales (as), contener los hechos y pruebas comprobadas, los responsables directos e indirectos, acciones legales por seguir y la sanción aplicable será: llamada de atención  escrita, sanción pecuniaria con cargo a la remuneración y remisión de obrados a la justicia ordinaria cuando se encuentre responsabilidad civil o penal en su contra para ser juzgado por la ley Anticorrupción, Antidiscriminación y otras.