DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015

Fecha: 28-Jul-2015

generar y garantizar espacios que permitan a la sociedad civil organizar sus propios mecanismos de control de la gestión pública

En ese marco normativo, se puede advertir que el legislador a través de la LPCS establece el marco general que regula todo lo concerniente para el efectivo ejercicio de la participación y control social; consiguientemente, en la carta orgánica debe generar y garantizar espacios que permitan a la sociedad civil organizar sus propios mecanismos de control de la gestión pública, sin formar parte del aparato estatal, a objeto de precautelar por la independencia de este poder social.

No obstante de lo señalado, se debe precisar que el legislador a través de la Ley de Participación y Control Social ha previsto que el marco general que regula todo lo concerniente para el efectivo ejercicio de la participación y control social, consiguientemente en la carta orgánica debe generar y garantizar espacios que permitan a la sociedad civil organizar sus propios mecanismos de control de la gestión pública, sin formar parte del aparato estatal, a objeto de precautelar por la independencia de este poder social.