DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Artículo 85. (DEFENSOR DEL CIUDADANO).-

Artículo 85. (DEFENSOR DEL CIUDADANO).- El Gobierno Autónomo Municipal establece en su  estructura organizativa la creación del defensor de los ciudadanos que habitan en la jurisdicción municipal, el mismo que estará encargado de velar por el respeto de los  derechos de la población del municipio. Este será designado por el Concejo municipal, de una terna propuesta por la sociedad civil, reglamentado mediante normativa específica.