DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015

Fecha: 28-Jul-2015

fiscalizadora

La Constitución Política del Estado de manera expresa, en su art. 283, establece que, el gobierno autónomo municipal estará conformado por un Concejo Municipal y un ejecutivo municipal, otorgando al primero, la facultad legislativa, fiscalizadora y deliberativa; al segundo, las facultad reglamentaria y ejecutiva; existiendo consecuentemente, una clara delimitación en cuanto a las funciones específicas de cada órgano.

Por otra parte, el art. 241 de la CPE, establece la participación y control social, como medios a través de los cuales la sociedad civil organizada, participará en el diseño de las políticas públicas, así como el control de la gestión pública y en la administración de los recursos fiscales; en ese marco, el parágrafo IV de la citada Ley Fundamental, señala que una ley establecerá el marco general relativo al ejercicio de los mencionados mecanismos.