DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Sobre el inc. 8)

Se entiende que la cesación de funciones, es el acto a través del cual se deja de desempeñar un cargo o empleo; aplicada dicha definición al ámbito municipal de las autoridades electas, se tiene que dicha figura consiste en dejar el desempeño de los cargos de alcalde o alcaldesa, concejala o concejal municipal, por una de las causales establecidas en la Constitución Política del Estado o la ley; en ese entendido, el artículo que se revisa, regula las causales de cesación de funciones del Alcalde o Alcaldesa Municipal de Ascensión de Guarayos, encontrándose entre ellas, tener: “Pliego de cargo ejecutoriado o sentencia judicial ejecutoriada por responsabilidad civil contra el estado y por las demás establecidas por ley”; sobre el particular la DCP 0072/2014, estableció que: “Ahora bien, el presente proyecto de Carta Orgánica señala como causal de cesación de funciones: ‘Pliego de cargo ejecutoriado o sentencia judicial ejecutoriada, por responsabilidad civil contra del Estado y por las demás causales establecidas por ley’.