DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Sobre el numeral 13

El contenido normativo del art. 283 de la CPE, distingue las facultades de los órganos que componen el gobierno autónomo municipal, estableciendo para el Concejo Municipal ejercer las facultades deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipales, y para el ejecutivo en el ámbito de sus competencias la facultad reglamentaria y ejecutiva; ahora bien, dicha distinción responde a la voluntad del constituyente, y que al mismo tiempo implica la separación e independencia de funciones y de órganos de gobierno a nivel municipal, lo que equivale a decir que entre los órganos del gobierno autónomo municipal no existe una relación de dependencia jerárquica que subordine uno por sobre el otro.