DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015

Fecha: 28-Jul-2015

funcionarios de libre nombramiento

Por lo señalado precedentemente, se advierte que el legislador clasificó a los servidores públicos, haciendo un distinción entre funcionarios de libre nombramiento y los funcionarios designados, otorgando la calidad de libre nombramiento a los servidores que desempeñen labores de asesoramiento, aspecto que en materia municipal lleva a concluir que los asesores como personal de confianza de las autoridades electas, adquieren la calidad de funcionarios de libre nombramiento; por lo que, los Secretarios Municipales, los Jefes de Unidad al constituirse en responsables de las políticas municipales, son funcionarios que devienen de la designación del cargo, vale decir designados; no obstante dicho aspecto, el estatuyente municipal, establece que dichos funcionarios son de “libre designación”, calidad que no se encuentra reconocida por el Estatuto de Funcionario Público.