DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Sobre el parágrafo I

Concordante con la norma constitucional citada, el art. 72 de la LMAD, señala que las competencias no previstas en el texto de la Constitución Política del Estado, serán atribuidas al nivel central del Estado, siendo éste quien por ley nacional, asignará las mismas conforme dispone el art. 297.I de la CPE, sea como competencias privativas, exclusivas, compartidas y concurrentes.