DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015

Fecha: 28-Jul-2015

garantizar su respeto

Conforme a lo expuesto, se tiene que no está permitido que una norma institucional básica, deba reconocer los derechos que ya se encuentran contemplados en la Constitución Política del Estado, pues solamente, puede establecer un mandato de sujeción a la citada Norma Suprema o en su caso, garantizar su respeto; no obstante de ello, el estatuyente municipal, en el enunciado en examen, pretende reconocer los derechos políticos que se encuentran consagrados en la Ley Fundamental; consiguientemente, se declara la incompatibilidad del término “reconocen” inserta en el art. 16.I. en revisión.