DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015

Fecha: 28-Jul-2015

no es autónomo el territorio

Por lo tanto, nos encontramos con dos tipos de estructura y organización, una netamente territorial y otra administrativa y si bien la entidad territorial ejerce el poder público en una determinada jurisdicción, no siempre la entidad territorial coincide con una unidad territorial, por lo que la organización territorial no debe confundirse con la dimensión político administrativa de esa organización, es decir con la distribución territorial del poder público” (las negrillas nos corresponden).

Por lo tanto, nos encontramos con dos tipos de estructura y organización, una netamente territorial y otra administrativa y si bien la entidad territorial ejerce el poder público en una determinada jurisdicción, no siempre la entidad territorial coincide con una unidad territorial, por lo que la organización territorial no debe confundirse con la dimensión político administrativa de esa organización, es decir con la distribución territorial del poder público” (las negrillas son nuestras).

Consecuentemente, en conformidad a la jurisprudencia establecida por este tribunal, el presente artículo que el municipio de Ascensión de Guarayos      –unidad territorial– fomentar el desarrollo de las diferentes culturas sin discriminación, siendo que la misma debe ser realizada por el Gobierno Autónomo Municipal de Guarayos –entidad territorial– que administra y gobierna en la jurisdicción municipal.