DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015

Fecha: 28-Jul-2015

normativa,

El numeral 6 del artículo en análisis, establece que el Gobierno Autónomo Municipal de Ascensión de Guarayos, en ejercicio de su autonomía, puede resolver las controversias relacionadas con el ejercicio de su potestad, normativa, ejecutiva, administrativa y técnica; no obstante, como se tiene referido, el constituyente ha reconocido a las ETAs municipales, el ejercicio de las facultades, legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva; por lo que, realizado el contraste con el art. 272 de la CPE, se advierte que la Carta Orgánica en estudio, incorpora en su art. 8, la potestad normativa, administrativa y técnica, como parte de la autonomía, mismas que no se encuentran reconocidas por la Constitución Política del Estado, por lo tanto no es permisible que una norma institucional básica incorpore o cree nuevas facultades que impliquen el ejercicio de la autonomía.