DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Fragmento 214

No obstante lo mencionado, el art. 144 en su nomen iuris  y su contenido dispositivo son incongruentes entre sí, toda vez que en el primero establece que la materia a ser regulada es la iniciativa legislativa ciudadana como mecanismo de ejercicio de la democracia directa y participativa; sin embargo, el contenido dispositivo establece la obligación del Gobierno Autónomo Municipal de Ascensión de Guarayos, respecto a garantizar el derecho de participación de los ciudadanos, incongruencia interna que vulnera el principio de seguridad jurídica inserta en el art. 9.I de la CPE; incongruencia que no otorga certeza a momento de aplicar la disposición que se analiza; porque su contenido llevaría a interpretaciones discrecionales que generen conflictividad en el momento de la aplicación de la norma, generando inseguridad jurídica.