DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015

Fecha: 28-Jul-2015

el ámbito de la jurisdicción territorial de su unidad a la que gobierna

En materia de mancomunidad, el art. 273 de la CPE, determinó que la ley regulará la conformación de mancomunidades entre municipios, regiones y territorios indígena originario campesino; ahora bien, el art. 276 de la misma Norma Suprema, prevé que las ETAs no estarán subordinadas entre ellas, teniendo el mismo rango constitucional; con ese antecedente, el art. 272 de la Ley Fundamental, establece que la autonomía implica el ejercicio de las competencias asignadas a las ETAs, a través de sus órganos de gobierno, el ámbito de la jurisdicción territorial de su unidad a la que gobierna. (las negrillas son nuestras).