DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Sobre el primer párrafo

El primer párrafo del artículo en revisión, establece que las Concejalas o Concejales titulares y suplentes, serán elegidos por voto universal en cada distrito; sobre el particular, es preciso señalar, que el art. 11.II.2 de la CPE, estableció que la democracia representativa, se ejerce a través de la elección de representantes por voto universal, conforme a ley; asimismo, la citada Norma Suprema, en su art. 298.II.1, define como competencia exclusiva del nivel central del Estado, prescribiendo: “El régimen electoral nacional para la elección de autoridades nacionales y subnacionales…”.