DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2015

Fecha: 28-Jul-2015

prohibiciones para el ejercicio de la función pública y no de incompatibilidad

En tal virtud, revisado el texto del art. 73, se advierte que el nomen iuris está referido a las causales de incompatibilidad para el ejercicio de la función pública; no obstante, el contenido de su numeral 5 establece como incompatibilidad nombrar en la función pública a personas dentro del cuarto grado de parentesco por consanguinidad y segundo de afinidad, aspectos que conforme al art. 236.III de la CPE, constituyen prohibiciones para el ejercicio de la función pública y no de incompatibilidad; es decir, que el supuesto de incompatibilidad que fija el numeral en revisión, no guarda relación con los casos previstos en la Constitución Política del Estado.