DICTAMEN QUE VALORA LA INVESTIGACIÓN CONSTITUCIONAL REALIZADA POR LA COMISIÓN DESIGNADA EN EL EXPEDIENTE 3/2006, INTEGRADO CON MOTIVO DE LA SOLICITUD FORMULADA POR EL MINISTRO GENARO DAVID GÓNGORA PIMENTEL, PARA INVESTIGAR VIOLACIONES GRAVES DE GARAN
Suprema Corte de Justicia de la Nación

DICTAMEN QUE VALORA LA INVESTIGACIÓN CONSTITUCIONAL REALIZADA POR LA COMISIÓN DESIGNADA EN EL EXPEDIENTE 3/2006, INTEGRADO CON MOTIVO DE LA SOLICITUD FORMULADA POR EL MINISTRO GENARO DAVID GÓNGORA PIMENTEL, PARA INVESTIGAR VIOLACIONES GRAVES DE GARAN

Fecha: 03-May-2006

A La Casa De Del Cual No Se Proporciona Su Ubicación Y Donde Nada Se Encontró

Al inmueble de **********, ubicado en la calle Hidalgo **********, colonia Centro, del Municipio de San Salvador Atenco, donde fueron aseguradas treinta y cuatro personas, dos de ellas de nacionalidad española.

Al domicilio de **********, ubicado en la calle Independencia número **********, colonia Centro, del Municipio de San Salvador Atenco,(586) donde se aseguraron sesenta y siete personas.

A la casa de **********, del cual no se proporciona su ubicación, donde se encontró un escudo de la Policía Federal Preventiva, un machete, propaganda del Ejército Zapatista de Liberación Nacional y dos credenciales.

Al domicilio de **********, del cual tampoco se precisa su ubicación, en el que se encontró un garrafón de cinco litros de gasolina, una máscara con la imagen de Cuauhtémoc Cárdenas, billetes falsos con la imagen de Vicente Fox con la marca de siete pesos y botellas para fabricación de bombas molotov.

Asimismo, el licenciado Héctor Jiménez Baca, comisionado de la Agencia de Seguridad Estatal, mediante oficio 202F1000/DGAJ-SUB-AR/2959/07, de veintiuno de mayo de dos mil siete (foja 736 del tomo III del expediente de la Comisión Investigadora), también señaló que cien elementos del grupo Gope de la Policía Federal Preventiva, al mando del comisario ********** ingresaron a seis inmuebles, pero además precisó que en esos hechos no intervino personal de la corporación policial a su cargo.

Por su parte, el ingeniero Facundo Rosas Rosas, encargado del despacho de la oficina del comisionado de la Policía Federal Preventiva, mediante oficio PFP/OC/0721/2007, de veintidós de junio de dos mil siete (foja 1626 del tomo V, del expediente de la Comisión Investigadora), también señaló que el personal de esa corporación no ingresó a domicilio alguno el cuatro de mayo de dos mil seis debido a que únicamente apoyaron proporcionando seguridad periférica.

Como se advierte, los dichos de las corporaciones policíacas participantes es contradictorio en cuanto a qué elementos de qué corporación fueron los que realizaron los cateos que hubo en Atenco el 4 de mayo.

En relación con esas manifestaciones, debe decirse que del expediente más bien se desprenden indicios de que el cuatro de mayo de dos mil seis, tanto elementos de la Agencia de Seguridad Estatal como de la Policía Federal Preventiva, ingresaron a diversos domicilios de San Salvador Atenco, como se desprende de las siguientes constancias:

a) El informe que presentó por escrito de dieciséis de noviembre de dos mil siete el vicealmirante Wilfredo Robledo Madrid, en su carácter de titular de la Agencia de Seguridad Estatal, manifestó: "... En el operativo para reestablecer la seguridad pública, se siguió a los agresores que pretendían huir y esconderse en diversos domicilios, por lo que ante la conducta flagrante fue necesario el ingreso en dichos domicilios, pues estaba en riesgo la integridad física de sus moradores, en cumplimiento del imperativo constitucional y legal y por contar con datos ciertos e inmediatos que acreditaban la comisión de hechos delictivos en flagrancia; aunado a ello, en algunos domicilios se localizaron un arma de fuego calibre 22, cartuchos medidas 12 y calibre 9 mm., equipo antimotín de policías, un escudo de la policía federal preventiva, una máquina de serigrafía, propaganda del EZLN, 1 machete, un garrafón de cinco litros de gasolina, botellas para la fabricación de bombas molotov, y donde se ocultaban 998 personas de las cuales, dos eran extranjeros ..." (foja 4407 del tomo XI del expediente de la Comisión Investigadora).

b) La declaración de **********, policía militar comisionado a la Policía Federal Preventiva, quien el dieciséis de mayo de dos mil seis, ante el licenciado **********, agente del Ministerio Público adscrito a la Agencia Modelo del Departamento de Averiguaciones Previas de Toluca, declaró: "... que como a las cuatro de la mañana del cuatro de mayo, llegaron a las cercanías del poblado, avanzando a la zona del conflicto; al arribar a la entrada principal que está cerca de un puente peatonal, había un grupo de doscientas personas que al verlos llegar, les lanzaron piedras, palos, cohetes y bombas molotov ... en el centro del poblado se quedaron al pendiente por si se suscitaba otro disturbio o agresión, lo cual ya no ocurrió; que se dio cuenta que compañeros llegaron por otras calles y se metieron a varios inmuebles, pero no vio si sacaron a alguna persona ..." (foja 336 del anexo 64 del expediente de la Comisión Investigadora).

c) La declaración de **********, soldado de la policía militar comisionado a la Policía Federal Preventiva, rendida el dieciséis de mayo de dos mil seis, ante el licenciado **********, agente del Ministerio Público adscrito a la Agencia Modelo del Departamento de Averiguaciones Previas de Toluca, en la que manifestó: "... que el cuatro de mayo de dos mil seis, el capitán **********, les indicó que los iban a llevar a la carretera Lechería-Texoco, para realizar un operativo en San Salvador Atenco ... que comentaron que había que seguir para controlar a esas personas y se les indicó que todos corrieran hacia ellos sin hacer línea, lo que hicieron y de ese modo tomaron la calle, porque esos sujetos se echaron a correr y se metieron a varios domicilios; entonces, rodearon la cuadra, quedándose varios elementos en cada esquina; algunos vecinos del pueblo les indicaron las personas que los habían agredido y que se estaban resguardando en varias casas, por lo que mientras estaban cuidando una esquina con un pelotón de diez elementos de la Policía Federal Preventiva, se percató que otros elementos del grupo denominado 'Gopes' (Grupo de Operaciones Especiales) y de la policía estatal efectuaron varias detenciones de esas personas que en su huída se refugiaron en la iglesia del pueblo, en la casa de la cultura y en algunos domicilios particulares ..." (foja 351 del anexo 64-2 del expediente de la Comisión Investigadora).

d) La declaración de diecisiete de mayo de dos mil seis, de **********, soldado de la policía militar, comisionado a la Policía Federal Preventiva, rendida ante el licenciado **********, agente del Ministerio Público adscrito a la Agencia Modelo del Departamento de Averiguaciones Previas de Toluca, en la que manifestó: "... que el cuatro de mayo, salieron al lugar de conflicto ... que junto con cien elementos entraron al centro del pueblo, para dar apoyo a los estatales ... que los estatales eran los que hacían las detenciones y algunos compañeros de la policía preventiva los apoyaban ..." (foja 402 del anexo 64-2 del expediente de la Comisión Investigadora).

e) La declaración de **********, soldado de la policía militar, comisionado a la Policía Federal Preventiva, rendida el diecisiete de mayo de dos mil seis ante el licenciado **********, agente del Ministerio Público de Toluca, en la que manifestó: "... que el cuatro del citado mes y año (mayo de dos mil seis), los volvieron a reagrupar, y a las seis y media llegaron al mismo lugar, donde ya la policía estatal había tomado el control y no había bloqueo en la autopista; les ordenaron que se colocaran en las entradas y salidas principales del pueblo, después que avanzaran para proporcionar seguridad y apoyo a la policía estatal, quienes estaban cateando las instalaciones y locales del centro de la comunidad, así como unas oficinas del Ejército Zapatista de Liberación Nacional ..." (foja 417 del anexo 64 del expediente de la Comisión Investigadora).

f) La declaración de **********, soldado de la policía militar, comisionado a la Policía Federal Preventiva, rendida el veintidós de mayo de dos mil seis ante el licenciado **********, agente del Ministerio Público de la Agencia Modelo del Departamento de Averiguaciones Previas de Toluca, en la que manifestó: "... que el cuatro de mayo, como a las siete horas, el teniente de infantería ********** les indicó que harían un operativo, formando bloques de cien elementos y así, entraron a la comunidad de San Salvador Atenco, quedando su bloque al resguardo del parque y del auditorio Emiliano Zapata, aunque los demás compañeros junto con policías estatales entraron a ese auditorio a desalojar a los que permanecían amotinados ..." (foja 516 del anexo 64 del expediente de la Comisión Investigadora).

g) La declaración de **********, soldado de la policía militar, comisionado a la Policía Federal Preventiva, rendida el veintidós de mayo de dos mil seis, ante el licenciado **********, agente del Ministerio Público de la Agencia Modelo del Departamento de Averiguaciones Previas de Toluca, en la que manifestó: "... que a las seis horas del cuatro de mayo, su capitán de compañía Segundo de Infantería **********, les dijo que por órdenes superiores noventa compañeros se tenían que trasladar al poblado de San Salvador Atenco, con la encomienda de desalojar a las personas que tenían tomado el auditorio municipal, llevando su equipo antimotín ... que llegaron ahí a las siete horas ... que como a las ocho horas se restableció el orden y se quedaron a los alrededores de las calles que conducen al auditorio municipal Emiliano Zapata, entrando los demás compañeros a dicho auditorio en compañía de policías estatales, desalojando a las personas que estaban amotinados ahí ..." (foja 538 del anexo 64 del expediente de la Comisión Investigadora).

h) La fotografía visible en la página 61 del número 42, de la revista Rebeldía, de mayo de dos mil seis, la cual obra inserta en el reportaje de Juan de Dios Hernández Monje, titulado "Violencia pública ilegítima", donde hace referencia a los hechos acaecidos el cuatro de mayo de dos mil seis, en San Salvador Atenco, en la que aparece un policía con uniforme de color negro, que en la parte posterior tiene la leyenda "Policía Estatal", quien se está saltando la barda de un inmueble, mientras que otros cuatro elementos con uniformes de las mismas características lo observan (anexo 3-19 del expediente de la Comisión Investigadora).

Además, las imágenes que aparecen grabadas al minuto 19:30 de reproducción del DVD que contiene el cortometraje denominado "Romper el cerco" (anexo 3-29 del expediente de la Comisión Investigadora), en el que obran escenas del momento en que policías con uniformes negros patean la puerta de una habitación y uno de ellos arroja una granada de gas lacrimógeno.

Al respecto, debe destacarse que la Comisión Investigadora pudo establecer que el inmueble que se observa en la fotografía y escenas de mérito está ubicado en la calle Hidalgo **********, del centro de San Salvador Atenco, debido a que fue uno de los que inspeccionó en diligencia de veinticinco de octubre de dos mil siete, en la que, a pesar del tiempo transcurrido, identificó a simple vista el inmueble, entre otras cosas, por las características propias de su construcción, amén de que en la parte exterior, a un lado del zaguán de acceso, apreció una placa con la leyenda "familia **********", la que también se ve en la mencionada fotografía.(587)

Debe puntualizarse que **********, quien fue detenido el cuatro de mayo de dos mil seis en San Salvador Atenco, en entrevista que le hizo la Comisión Investigadora el veinticuatro de octubre de dos mil siete señaló que fue detenido en el mencionado inmueble, al que entraron policías estatales y federales (anexo 118, DVD 4 del expediente de esta investigación), lo cual también mencionó ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en declaración de cinco de mayo de dos mil seis (foja 23861 del anexo 3-51 del mismo expediente).

i) Las tres fotografías que aparecen reproducidas en el DVD que contiene el cortometraje sobre los hechos acaecidos el tres y cuatro de mayo de dos mil seis en Texcoco y San Salvador Atenco, denominado "Romper el cerco" (anexo 3-29 del expediente de la Comisión Investigadora).

La primer fotografía, se localiza al minuto 22:16, y se observa un policía saltándose la barda de un inmueble, mientras que otro elemento le pasa una escopeta y de otros más únicamente se ven sus cascos.

La segunda fotografía aparece al minuto 22:21, y se ven cinco policías entrando a un inmueble, de los cuales uno de ellos lleva un uniforme que en la parte posterior tiene la leyenda "Policía Estatal".

La tercer fotografía se observa al minuto 22:27, y se aprecian dos policías revisando un tinaco, con uniformes que ostentan las leyendas "Policía Estatal".

Los datos reseñados reflejan que a los inmuebles de San Salvador Atenco, en donde fueron detenidas diversas personas el cuatro de mayo de dos mil seis, ingresaron tanto elementos de la Agencia de Seguridad Estatal como de la Policía Federal Preventiva; por ende, lo informado por los comisionados de ambas corporaciones negando el ingreso de sus elementos a esos inmuebles carece de sustento y, antes bien, se encuentra contradicho; y puede afirmarse que ambas corporaciones sí tuvieron la participación referida.

Cabe agregar también que destacan, de la investigación realizada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, las imágenes y video con que documentó los daños sufridos en diversos inmuebles del poblado, daños cuyos moradores explican en razón de los cateos realizados el 4 de mayo, y que las imágenes permiten considerar como rastros típicos de un ingreso forzado y brusco a un inmueble.