DICTAMEN QUE VALORA LA INVESTIGACIÓN CONSTITUCIONAL REALIZADA POR LA COMISIÓN DESIGNADA EN EL EXPEDIENTE 3/2006, INTEGRADO CON MOTIVO DE LA SOLICITUD FORMULADA POR EL MINISTRO GENARO DAVID GÓNGORA PIMENTEL, PARA INVESTIGAR VIOLACIONES GRAVES DE GARAN
Suprema Corte de Justicia de la Nación

DICTAMEN QUE VALORA LA INVESTIGACIÓN CONSTITUCIONAL REALIZADA POR LA COMISIÓN DESIGNADA EN EL EXPEDIENTE 3/2006, INTEGRADO CON MOTIVO DE LA SOLICITUD FORMULADA POR EL MINISTRO GENARO DAVID GÓNGORA PIMENTEL, PARA INVESTIGAR VIOLACIONES GRAVES DE GARAN

Fecha: 03-May-2006

Evento El Deceso Del Menor

En el transcurso de los hechos narrados bajo el evento 2 perdió la vida el menor ********** (14 años). Acerca de este deceso, la información recabada por la Comisión Investigadora permite narrar lo siguiente.(75)

Durante el enfrentamiento entre elementos de la Agencia de Seguridad Estatal y de la Policía Federal Preventiva con integrantes del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra, en la carretera Texcoco-Lechería y sus alrededores, falleció el joven **********. Su cuerpo sin vida, del que se dio fe ministerial, fue registrado en video, imágenes que fueron reproducidas en algunos medios de comunicación y que también se incluye en el documental del Canal 6 de Julio, "Romper el Cerco".

Se pudo establecer que el joven recibió el disparo de arma de fuego en algún lugar cercano a la Avenida Nacional, y que falleció en un lugar cercano al mismo al que había sido trasladado (por sujetos que no han sido identificados), en la cerrada de la Avenida Nacional. Estos hechos ocurrieron alrededor de las 15:15 horas de ese día, como se puede desprender de las crónicas que en vivo se transmitían en algunos medios de comunicación.

En el protocolo de necropsia se estableció que el referido menor falleció como consecuencia de alteraciones tisulares, estructurales y metabólicas consecutivas a herida producida por proyectil de arma de fuego penetrante de tórax,(76) disparada a una distancia mayor a 70 centímetros.(77)

Pruebas periciales permitieron también establecer el tipo y características del arma de fuego de la que salió el proyectil que le quitó la vida, mismas que quedaron especificadas en los dictámenes, al igual que las características de las heridas, su posición y su mecánica. No obstante, los dictámenes periciales producidos no permitieron establecer si tal proyectil había sido detonado por armas de la policía, y la posición del cuerpo tampoco fue indicativa al respecto.

En torno a este homicidio fue abierta una averiguación previa, en la que obran muchas de las declaraciones y probanzas tenidas en cuenta para lo anterior.