DICTAMEN QUE VALORA LA INVESTIGACIÓN CONSTITUCIONAL REALIZADA POR LA COMISIÓN DESIGNADA EN EL EXPEDIENTE 3/2006, INTEGRADO CON MOTIVO DE LA SOLICITUD FORMULADA POR EL MINISTRO GENARO DAVID GÓNGORA PIMENTEL, PARA INVESTIGAR VIOLACIONES GRAVES DE GARAN
Suprema Corte de Justicia de la Nación

DICTAMEN QUE VALORA LA INVESTIGACIÓN CONSTITUCIONAL REALIZADA POR LA COMISIÓN DESIGNADA EN EL EXPEDIENTE 3/2006, INTEGRADO CON MOTIVO DE LA SOLICITUD FORMULADA POR EL MINISTRO GENARO DAVID GÓNGORA PIMENTEL, PARA INVESTIGAR VIOLACIONES GRAVES DE GARAN

Fecha: 03-May-2006

Dos Únicamente Presentaron Lesiones En El Brazo Y Hombro Respectivamente

Es de señalarse que las cifras antes señaladas no suman las 81 denuncias en razón de que esa cifra es por persona denunciante; mientras que las cifras en que se resumen las lesiones certificadas están hechas con base en conteos por tipo de lesión, pudiendo entonces darse el caso de que una denuncia-persona reúna más de una de las categorías de lesión.

Dadas las características de las lesiones que fueron certificadas, es dable concluir que de los 81 detenidos que denunciaron abusos policiales, 79 presentaron lesiones que, por lo menos en una parte significativa, derivaron efectivamente de éstos, pues algunas fueron proferidas en múltiples partes del cuerpo, de tal manera que pudieron ser provocadas por varias personas o en diversos momentos. Otras, por su contundencia, provocaron fracturas, tuvieron que ser suturadas o ameritaron hospitalización y, unas más fueron producidas en la espalda o cabeza, regiones que generalmente no resultan afectadas en maniobras propias de una debida detención.

En este sentido, es de tenerse presente también que dado que estas personas habían participado en el enfrentamiento que se había dado horas antes en el mercado, en el que ambos grupos (policías y manifestantes) arrojaban objetos y ofrecían resistencia física unos a otros, es factible que algunas de las lesiones certificadas, en alguna medida, encuentren también explicación en esos enfrentamientos que, como quedó visto y obra videograbado, fueron cuerpo a cuerpo, o incluso, en la propia acción de repliegue que protagonizaron luego del enfrentamiento. Es factible también que, en alguna medida, hayan sido proferidas por el propio tumulto que se hizo, pues difícilmente de semejante turba saldrían ilesos todos sus participantes.

Sin embargo, aun reconociendo que lo recién dicho pudiera explicar en una parte las lesiones, lo cierto es que las lesiones certificadas son múltiples y de tal intensidad, que no pueden explicarse ni estimarse atribuibles, por su contundencia, a maniobras policíacas propias para lograr la detención.

Además, las imágenes en fotografía y video recabadas de este operativo y la contundencia de las lesiones, no permite más que concluir que éstas fueron consecuencia de la fuerza y violencia que la policía ejerció sobre ellos.

En cuanto a las 2 personas que únicamente presentaron lesiones en el brazo y hombro, respectivamente, es de señalarse que éstas, por sus características, son susceptibles de considerarse propias o explicables en una detención, acto que en sí implica un cierto grado, aun cuando mínimo, de fuerza sobre el detenido para poder lograr su sometimiento.

Cabe mencionar que algunos detenidos (7) fueron remitidos directamente al Hospital General "Adolfo López Mateos" de Toluca, dada la gravedad de las lesiones que presentaron.

Los anteriores datos pueden expresarse gráficamente de la siguiente manera (el gráfico considera como 100% el total de los detenidos en este evento):

Otra manera de expresar en cifras las lesiones certificadas a esas 81 personas es la siguiente (el gráfico considera como 100% el total de las personas detenidas en este evento que denunciaron abusos y les fueron certificadas lesiones):