DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2016

Fecha: 11-Ago-2016

Artículo 37º.- (Ausencia Definitiva)

Artículo 37º.- (Ausencia Definitiva) En caso ausencia definitiva de las Concejalas y los Concejales Municipales por el cumplimiento de una de las causales establecidas en la presente Carta Orgánica y la Ley, el Concejal o Concejala suplente asumirá la titularidad y ejercerá el cargo por el resto de la gestión municipal.