DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2016

Fecha: 11-Ago-2016

III.-

III.- La sanción de toda ley municipal u otro instrumento legislativo, normativo, fiscalizador y administrativo, s realizará por simple mayoría de voto de los miembros del concejo municipal, sólo la ley especial indicada en la presente carta orgánica requerirá dos tercios (2/3) para su aprobación. La reconsideración de leyes y otras normas se realizará por mayoría absoluta de los miembros del concejo municipal.

III.- La sanción de toda ley municipal u otro instrumento legislativo, normativo, fiscalizador y administrativo, s realizará por simple mayoría de voto de los miembros del concejo municipal, sólo la ley especial indicada en la presente carta orgánica requerirá dos tercios (2/3) para su aprobación. La reconsideración de leyes y otras normas se realizará por mayoría absoluta de los miembros del concejo municipal” (las negrillas fueron adicionadas).