DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2016

Fecha: 11-Ago-2016

Sobre el contenido de la norma

Esta regulación referida a la participación y control social, restringe el criterio de “sociedad civil”, parcelándolo, cuando hace referencia a “ciudadanía, comunidades y sus organizaciones”, sin considerar que el art. 241.I y II de la CPE, es taxativo al mencionar que: “I. El pueblo soberano, por medio de la sociedad civil organizada, participará en el diseño de las políticas públicas. II. La sociedad civil organizada ejercerá el control social a la gestión pública en todos los niveles del Estado, y a las empresas e instituciones públicas, mixtas y privadas que administren recursos fiscales”.