DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2016

Fecha: 11-Ago-2016

Artículo 52º.- (Revocatoria de mandato a las concejalas y los concejales)

Artículo 52º.- (Revocatoria de mandato a las concejalas y los concejales) la revocatoria de mandato procederá por referendo revocatorio municipal por iniciativa ciudadana de acuerdo a la Constitución Política del Estado, a solicitud de al menos el quince por ciento (15%) de votantes del padrón electoral de la circunscripción municipal de Villa de la Independencia, se aplicará al cargo de Concejalas y Concejales Municipales.

Artículo 52º.- (Revocatoria de mandato a las concejalas y los concejales) la revocatoria de mandato procederá por referendo revocatorio municipal por iniciativa ciudadana de acuerdo a la Constitución Política del Estado, a solicitud de al menos el quince por ciento (15%) de votantes del padrón electoral de la circunscripción municipal de Villa de la Independencia, se aplicará al cargo de Concejalas y Concejales Municipales.