DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2016

Fecha: 11-Ago-2016

Con relación al parágrafo IX

Definiendo los “derechos fundamentales”, “el derecho a la vida” es sin duda el más sustancial, ya que a partir de éste emergen y pueden ser ejercidos los demás derechos; sin embargo, en uniformidad con el texto del art. 13.III de la Norma Suprema, no puede admitirse una jerarquización de los derechos, aspecto que no es comprendido por el art. 3.IX del proyecto de la Carta Orgánica ahora analizada, que “valoriza” la vida particular y colectiva, hiendo más allá al emplear una terminología poco adecuada que implica jerarquizar un derecho fundamental como es el derecho a la vida, por sobre los demás derechos.