DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2016

Fecha: 11-Ago-2016

incompatibilidad de la frase

Por tanto, en mérito a los fundamentos desarrollados, queda comprendido que el Concejo Municipal no es la instancia llamada a “procesar y sancionar” al ejecutivo municipal y en ese sentido se declara la incompatibilidad de la frase: “y en su caso disponer su procesamiento interno por responsabilidad administrativa, sancionarlo en caso de existir responsabilidad ejecutiva”, frase que deberá ser expulsada del inc. l del art. 40 del proyecto analizado.