DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2016

Fecha: 11-Ago-2016

Fragmento 260

Se advierte que el art. 89 del presente Proyecto en su integridad, contiene incisos que fueron transcritos del Estatuto del Funcionario Público y al respecto tómese en cuenta el art. 297.II de la CPE, el cual es desarrollado por el art. 72 de la LMAD que señala: “(CLÁUSULA RESIDUAL). Las competencias no incluidas en el texto constitucional de acuerdo al Parágrafo II del Artículo 297 de la Constitución Política del Estado serán atribuidas al nivel central del Estado y éste definirá mediante Ley su asignación de acuerdo al Parágrafo I del mismo Artículo”.