DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2016

Fecha: 11-Ago-2016

ejercen efectivamente sus competencias de forma progresiva y de acuerdo a sus propias capacidades

El art. 270 de la CPE, prevé la “gradualidad” como uno de los principios que rigen la organización territorial y las entidades territoriales descentralizadas y autónomas, principio que se encuentra desarrollado por el art. 5.13 de la LMAD, que señala: “Gradualidad.- Las entidades territoriales autónomas ejercen efectivamente sus competencias de forma progresiva y de acuerdo a sus propias capacidades” (las negrillas son agregadas).