DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2016

Fecha: 11-Ago-2016

incompatibilidad de la frase: “En todos los casos se tomará asistencia y se levantará acta de los asuntos tratados; transcurridos diez (10) años desde la sesión reservada o por decisión de dos tercios (2/3) de las concejalas o concejales presentes, las actas adquirirán carácter público”,

En mérito a los fundamentos glosados, queda clara la importancia y peculiaridad de las “sesiones reservadas” aplicable excepcionalmente, por lo que podrá ser levantada mediante “orden judicial”, en tal sentido, en atención a todo lo desarrollado, se declara la incompatibilidad de la frase: “En todos los casos se tomará asistencia y se levantará acta de los asuntos tratados; transcurridos diez (10) años desde la sesión reservada o por decisión de dos tercios (2/3) de las concejalas o concejales presentes, las actas adquirirán carácter público”, inserta en el art. 45 del proyecto de norma institucional básica del Municipio referido, correspondiendo su expulsión.