DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2016

Fecha: 11-Ago-2016

reglamentaria y ejecutiva,

Conforme se argumentó en el análisis al art. 27 del proyecto de la presente Carta Orgánica Municipal, no debe olvidarse que la Constitución Política del Estado dejó establecido cuales son las “facultades” de los órganos de gobierno municipal, así se desprende de los arts. 272 y 283 de la CPE. En esa línea el ejecutivo municipal, asumirá las facultades reglamentaria y ejecutiva, quedando sentado que la norma ahora en examen, equivocadamente hace referencia a aspectos distintos a los que deberán ser comprendidos dentro de la conceptualización de lo que son constitucionalmente las “facultades”.