DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2016

Fecha: 11-Ago-2016

catastro urbano

Al respecto los arts. 302.I.10 y 29 de la CPE, determinan como competencias exclusivas del Gobierno Autónomo Municipal: catastro urbano y asentamientos humanos urbanos respectivamente, delimitando la competencia de las ETA municipales al ámbito urbano. En cambio; el art. 298.II.22 y 29 de la CPE, establece como competencias exclusivas del nivel central del Estado: catastro rural y asentamientos humanos rurales respectivamente, delimitando la competencia del nivel central del Estado al ámbito rural.