DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014

Fecha: 08-Dic-2014

art. 100,

El art. 100, establece un límite administrativo regulado en dos parágrafos. El primero prescribe que el Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza ejerce sus facultades competenciales prioritariamente en su jurisdicción, resultando plenamente incompatible con la Constitución Política del Estado, toda vez que, la entidad territorial tiene competencia para ejercer sus facultades, únicamente dentro de su jurisdicción, no siendo optativo ni válido hacerlo fuera de sus límites. El parágrafo primero en consecuencia es incompatible y debe ser retirado.