DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014

Fecha: 08-Dic-2014

Artículo 116. Transferencia y recepción de recursos por ajuste competencial

I.   En cumplimiento a las disposiciones de la Carta Orgánica Municipal y el régimen competencial los recursos para su implementación tienen su origen de acuerdo a la Ley Marco de Autonomías y Descentralización en su artículo 109, este régimen económico financiero regula la asignación de recursos a las entidades territoriales autónomas y las facultades para su administración, ejercicio y cumplimiento de sus competencias en el marco de la Constitución Política del Estado y el artículo 340 y disposiciones legales vigentes.

II. Complementariamente el Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza garantizará recursos de ingresos propios, tributarios, no tributarios, transferencias, fondos, y otros, generando concurrencia con los recursos consignados por el nivel nacional, inscritos en su presupuesto institucional municipal, conforme a disposiciones legales vigentes.