DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014

Fecha: 08-Dic-2014

Artículo 20. Estructura y organización funcional

1.  La facultad legislativa, estructurada y ejercida por el Concejo Municipal órgano representativo, con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa en el ámbito de sus competencias, mediante el plenario de las concejalas y los concejales conforma su Directiva de forma anual y a su interior se conformarán comisiones de trabajo permanentes y temporales a inicio de cada gestión, niveles de responsabilidad que generan políticas públicas que promuevan el desarrollo integral del Municipio.

2.  La facultad ejecutiva, estructurada por la alcaldesa o alcalde municipal, las y los oficiales mayores, direcciones, subalcaldesas y subalcaldes, unidades sectoriales, desconcentradas y descentralizadas, niveles que tienen la responsabilidad de ejecutar y operar las políticas públicas y alcanzar los objetivos, metas y estrategias establecidas en la normativa vigente, herramientas de planificación y el entorno de la gestión pública.

1.  Garantizar los alcances de la visión y estrategia de desarrollo integrales sancionados en la Carta Orgánica Municipal y la gradual y progresiva forma del ejercicio de sus competencias exclusivas, concurrentes y compartidas, niveles de decisión que respondan al interés ciudadano priorizado en los espacios de planificación integral y otros de interés municipal con la finalidad de lograr los objetivos y metas institucionales, mediante una administración eficiente y una adecuada prestación de servicios.