DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014

Fecha: 08-Dic-2014

Artículo 138. Acuerdos y convenios intergubernamentales

En cumplimiento de competencias exclusivas municipales refrendadas en el artículo 302 numerales 34 y 35 de la Constitución Política del Estado, el Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza, está facultado para fomentar, integrar, consolidar y ser socio activo de acuerdos y convenios intergubernativos, en especial de asociaciones y mancomunidades municipales, gobernaciones, Autonomías Indígenas Originarias y otros entes similares a nivel nacional e internacional, siempre y cuando sus objetivos y resultados estén orientados al desarrollo y cumplimiento de sus atribuciones, competencias y fines.