DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014

Fecha: 08-Dic-2014

Artículo 91. Asignación y ejecución de competencias

I.   La Ley Marco de Autonomías y Descentralización determina en sus artículos 64 al 76 el régimen competencial en el ejercicio de la autonomía en el territorio nacional, estableciendo un ordenamiento jurídico en relación al tipo de competencias exclusivas, concurrentes y compartidas entre el nivel central del estado y los niveles subnacionales.

II. El Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza tienen asignadas por mandato constitucional 43 competencias exclusivas, las que se desarrollan e implementan mediante legislación específica en su jurisdicción municipal, y se ejercen bajo responsabilidad y tuición de sus autoridades en resguardo de la normativa nacional.

III. La Constitución y la Ley Marco de Autonomías le facultan al Gobierno Autónomo Municipal la capacidad de reglamentar y ejecutar competencias concurrentes, elabora además legislación de desarrollo complementaria a legislación básica de las competencias compartidas con el Nivel Central del Estado y otras entidades autónomas, asumiendo responsabilidad de acuerdo a mandato de la Asamblea Legislativa Plurinacional.