DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014

Fecha: 08-Dic-2014

art.7.I

El art.7.I, refiere: “El Municipio Autónomo de Tupiza de la Nación Chichas y su población determina el uso obligatorio de los símbolos del Estado Plurinacional, establecidos en la Constitución Política del Estado”, el cual debe ser declarado incompatible en base a dos argumentos. Primero la utilización reiterada de la frase “Municipio Autónomo” que ya fue desarrollado precedentemente.

Segundo, porque la norma básica no es instrumento legal idóneo para determinar el uso obligatorio de los símbolos nacionales, toda vez que, al estar contenido en la Norma Suprema y en aplicación de su art. 410.I, todas las personas naturales y jurídicas, así como los órganos públicos,  instituciones públicas, se encuentran sometidos a ella no siendo opcional su uso.

El art. 7.III en su epígrafe señala: “Son escudos del Municipio Autónomo de la Nación de los Chichas”, por tanto, se refiere al municipio de la Nación Chichas, no al municipio de Tupiza como parte de la Nación Chichas, imprecisión que provoca la incompatibilidad del epígrafe y los cuatro numerales que lo conforman, pues esos símbolos no son de Tupiza, contrariamente la norma básica sí regula a Tupiza, debiendo entonces, el parágrafo y los numerales ser apartados del texto estudiado.