DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014

Fecha: 08-Dic-2014

Artículo 124. Seguimiento y monitoreo de la ejecución de recursos

El Órgano Legislativo en el rol que le corresponde debe realizar seguimiento y monitoreo permanentes y en períodos reglamentados a los informes de ejecución presupuestaria, requiriendo para ello apoyo técnico jurídico lo que permitirá realizar evaluaciones adecuadas, debiendo emitir un informe sobre el cumplimiento de límites de gasto corriente, inversión y de endeudamiento, en acatamiento a las normas legales vigentes.