DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014

Fecha: 08-Dic-2014

Artículo 132. Plan Operativo Anual

I.   La elaboración del Plan Operativo Anual, considerará espacios de planificación con participación activa de la sociedad civil en Cumbres, Asambleas Generales, Cabildos, Consejos u otro tipo de eventos ciudadanos según propia forma de trabajo natural corresponsable de la gestión municipal, lo que permitirá implementar procedimientos consensuados para la construcción de demanda y sus respectivos presupuestos priorizando la descentralización de recursos por proyectos a nivel de comunidad, tomando en cuenta los montos establecidos a nivel de distritos urbanos, rurales y Territorios Indígena Originarios Campesinos, eliminando la bolsa común.

II.  El Plan Operativo Anual, debe ser trabajado de forma participativa y democrática sobre la base de propuestas consensuadas por las Organizaciones Territoriales de Base, Comunidades Indígena Originaria Campesinos, y agentes económicos organizados, tomando en cuenta la participación de diferentes actores sociales e institucionales y no se connote solamente la participación de la población del área urbana o rural.

III. El Gobierno Autónomo Municipal a través del Ejecutivo Municipal, deberá implementar políticas con cronogramas consensuados, que garanticen la participación de sus organizaciones para la construcción del Plan Operativo Anual, sintetizando las demandas de las comunidades en diferentes áreas de desarrollo de carácter sostenible, justificadas técnicamente, con un techo presupuestario asignado para su respectiva ejecución y determinado tiempo para su desarrollo.

IV. El Gobierno Autónomo Municipal, a través del Ejecutivo Municipal y la Unidad de Planificación con antelación a la planificación, deben hacer conocer el avance del Plan Operativo Anual de la gestión anterior, verificar los compromisos y acuerdos de diferentes actores sociales que se encuentran inmersos en el Plan Operativo Anual, realizando autodiagnóstico participativo de necesidades y propuestas de proyectos para sus comunidades.

V.   De acuerdo a políticas estratégicas sectoriales de inversión y gestión se debe priorizar en el Plan Operativo Anual demandas que permitan brindar mayor atención a los sectores: Salud, Educación, Desarrollo Económico, Cultura, Turismo, Producción y otras de prioridad común. Estas demandas deben ser de conocimiento de sus autoridades comunales y distritales.