DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2014

Fecha: 08-Dic-2014

art. 115

El art. 115, está referido según el epígrafe a “participación en regalías mineras”. En el parágrafo primero de la disposición, prescribe en su primera parte: “En el ejercicio de competencia exclusiva municipal y departamental…”, frase que es incompatible con la Constitución Política del Estado pues no es una competencia propiamente dicha, al no encontrarse en el catálogo competencial asignado ni a los gobiernos departamentales menos a los gobiernos municipales.

Por otro lado, en el parágrafo IV, dispone: “El Gobierno Municipal, debe mejorar la administración y control sobre la explotación de mineral y las regalías mineras, además de consolidar estrategias solidas en la distribución de los recursos de las regalías mineras”. Sobre esta materia, el gobierno municipal no tiene participación y no puede ejercer roles administrativos ni de control pues es una actividad estratégica del nivel central del Estado.